CERTIFICACIONES DE NIVEL TÉCNICO - RANGO "DAN"
- 1er Dan - Shodan - 初段
Personas que han superado un examen y completado con éxito los requisitos establecidos para cada arte marcial. Deben ser mayores de 15 años al ser promovidos a 1er kyu.
- 2.º Dan - Nidan - 二段
Igual que el anterior. Más de un año y medio después de la promoción a shodan (1er dan).
- 3er Dan - Sandan - 三段
Igual que el anterior. Más de dos años después de la promoción a nidan (2.º dan).
- 4.º Dan - Yondan - 四段
Igual que el anterior. Más de tres años después de la promoción a sandan (3er dan).
- 5.º Dan - Godan - 五段
Igual que el anterior. Más de cuatro años después de la promoción a yondan (4.º dan).
- 6.º Dan - Rokudan - 六段
Igual que el anterior. Más de cinco años después de la promoción a renshi.
- 7.º Dan - Shichidan - 七段
Igual que el anterior. Más de seis años después de la promoción a rokudan (6.º dan).
- 8.º Dan - Hachidan - 八段
Igual que el anterior. Más de ocho años después de la promoción a shichidan (7.º dan).
- 9.º Dan - Kudan - 九段
Concedido por decisión de una junta especial de examinadores.
- 10.º Dan - Judan - 十段
Concedido por decisión de una junta especial de examinadores.
CERTIFICACIONES HONORARIAS DE MAESTRÍA
- Renshi - 錬士
"Maestría exterior". Mínimo de dos años desde la promoción a Yondan (4.º dan).
- Kyoshi - 教士
"Maestría Interior". Mínimo dos años desde la promoción a Rokudan (6.º dan y 7.º dan).
- Shihan - 师范
El nivel mínimo requerido es 7.º dan y kyoshi. El término significa "modelo a seguir", instructor jefe, maestro de maestros.
- Hanshi - 範士
"Maestría exterior e interior". Servicio sobresaliente en el desarrollo del arte marcial. Edad mínima, 50 años. Rango mínimo, Hachidan (8.º dan). Persona de carácter sobresaliente y probadas credenciales de liderazgo.

REQUISITOS ADMINISTRATIVOS PARA LA TRAMITACIÓN DE CERTIFICACIONES
- 1.º DAN: 16 años cumplidos y 1 año de cinturón marrón.
- 2.º DAN: 18 años y 2 años de 1.º dan.
- 3.º DAN: 21 años y 3 años de 2.º dan.
- 4.º DAN: 25 años y 4 años de 3.º dan.
- 5.º DAN: 30 años y 5 años de 4.º dan.
- 6.º DAN: 36 años y 6 años de 5.º dan.
- 7.º DAN: 43 años y 7 años de 6.º dan.
- 8.º DAN: 51 años y 8 años de 7.º dan.
- 9.º DAN: 60 años y 9 años de 8.º dan.
- 10.º DAN: 70 años y 10 años de 9.º dan.
2. Los candidatos deben cumplir la duración de afiliación especificada en este reglamento.
- 1er DAN: 2 licencias consecutivas o 3 alternas.
- 2.º DAN: 2 licencias consecutivas o 3 alternas del 1er dan.
- 3.º DAN: 3 licencias consecutivas o 4 alternas de 2.º dan.
- 4.º DAN: 4 licencias consecutivas o 5 alternas del 3.º dan.
- 5.º DAN: 5 licencias consecutivas o 6 alternas de 4.º dan. 14 años de ejercicio desde la obtención del 1er dan.
- 6.º DAN: 6 licencias consecutivas o 7 alternas de 5.º dan. 20 años de ejercicio continuado desde la obtención del 1er dan.
- 7.º DAN: 7 licencias consecutivas u 8 alternas de 6.º dan. 27 años de ejercicio continuado desde la obtención del 1er dan.
- 8.º DAN: 8 licencias consecutivas o 9 alternas de 7.º dan. 35 años de ejercicio continuado desde la obtención del 1er dan.
- 9.º DAN: 9 licencias consecutivas o 10 alternas del 8.º dan. 44 años de práctica continua desde la obtención del 1er dan.
- 10.º DAN: 10 licencias consecutivas u 11 alternas a partir del 9.º dan. 54 años de práctica ininterrumpida desde la obtención del 1er dan.
Requisitos:
Renshi - 錬士
Con certificación oficial para la enseñanza - Nivel I (elemental). 10 años como profesor acreditado. Lo otorga un tribunal compuesto por 3 personas con rango de 6.º dan o superior.
Kyoshi - 教士
Con certificación oficial de entrenador - Nivel II (avanzado). 15 años como profesor acreditado. Lo otorga un tribunal compuesto por 3 personas con rango de 7.º dan o superior.
Shihan - 师范
15 años como profesor acreditado y haber certificado acreditadamente a más de 25 "cinturones negros". Lo otorga un tribunal compuesto por 3 personas con un rango de 7.º dan o superior.
Hanshi - 範士
Con certificación oficial para la enseñanza - Nivel III (maestría). 25 años como profesor acreditado. Lo otorga un tribunal compuesto por 3 personas con rango de 8.º dan o superior. Persona de carácter sobresaliente y probadas credenciales de liderazgo.
(1) Con una tribunal examinador validado por la dirección.
(2) Homologación: implica la declaración de equivalencia de un diploma de artes marciales nacional o extranjero con el otorgado.
(3) Convalidación - Transferencia de créditos: implica la declaración de equivalencia de un diploma de artes marciales nacional o extranjero con el otorgado a los efectos de continuar la formación en artes marciales.



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